Artículo
1.- La Asociación de Comerciantes del Estado Táchira, es una
institución sin fines de lucro, fundada el 30 de Mayo de 1.949,
por ante el Registro Subalterno del Distrito San Cristóbal del Estado
Táchira, bajo el N° 1 folios 1 al 3 del Protocolo III, con sede
principal en la ciudad de San Cristóbal Estado Táchira, República
Bolivariana de Venezuela, pudiendo establecer filiales dentro de
la jurisdicción del Estado Táchira. PARÁGRAFO ÚNICO: La Institución
podrá usar indistintamente el nombre de ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES
DEL ESTADO TÁCHIRA o en su defecto las siglas de “A C E T A”.
Artículo
2.- Los objetivos primordiales de la Asociación, son entre otros,
los siguientes:
Contribuir
al desarrollo económico y social del Estado Táchira y del país
en general.
Propender
por la dignificación de la actividad empresarial y comercial.
Tutelas
la ética comercial, defender la iniciativa privada y la libertad
comercial como instrumento determinante en el desarrollo armónico
de la región.
Fijar y
definir políticas de defensa gremialista.
Propiciar
una política comercial internacional que armonice con los intereses
del comercio, la industria y de la producción de bienes y servicios
en general.
Implementar
medidas de acción social en beneficio de sus asociados y prestar
el debido asesoramiento en asuntos de interés general o específicos
del comercio.
Gestionar
ante los poderes públicos las necesidades y aspiraciones de quienes
han hecho de la actividad comercial una profesión digna y honesta.
Elevar el
nivel cultural de sus asociados, mediante eventos de carácter
social, artísticos y gremial.
Propiciar
su afiliación a cualquier entidad comercial, regional, nacional
e internacional.
Excluir
todo asunto controversial que tenga relación con la política partidista
y el sectarismo religioso.
Y sobre
cualquier otro aspecto que tenga que ver con la actividad económica,
social y cultural.
Artículo
3.- El tiempo de duración de la ASOCIACIÓN DE COMERCIANTES DEL
ESTADO TÁCHIRA (ACETA), es de término indefinido.